Negocio en Panamá

Negocio en Panamá

Para establecer un negocio en Panamá se puede hacer de 2 formas…. Actuando de persona natural ó a través de persona jurídica (Sociedad Anónima) Tanto el registro de la persona natural como el de la persona jurídica (sociedad anónima) permite ejercer el comercio.

Hoy día todas las instituciones estatales y gubernamentales exigen conocer la identidad de todas las personas que tienen que ver con la sociedad (KNOW YOUR CLIENT) (CONOCE A TU CLIENTE) y de dónde provienen los fondos para cumplir con normas internacionales y prevenir blanqueo de capitales y /o financiamiento del terrorismo. Por lo tanto, hoy día en el Pacto Social se debe indicar que las acciones deben ser “nominativas” Significa esto que en el libro interno de registro contable de cada sociedad, las acciones deben tener el nombre del propietario. A continuación vemos las diferencias entre una y otra figura. Es importante conocer que cada uno elige la forma en que va a iniciar su negocio.

NEGOCIO EN PANAMÁ:

PERSONA NATURAL

  • Aviso de Operaciones (Licencia comercial para ejercer el comercio) Con este registro podrá abrir legalmente la empresa.
  • Registro de la persona. En el Municipio de Panamá o San Miguelito, dependiendo de dónde estará ubicada la oficina o local  y  en la Dirección General de Impuestos
  • Gastos legales obligatorios después de registrada la persona.

✓ todos los años subsiguientes pago de impuestos ante la Dirección General de Ingresos (informes contables, declaraciones de renta, ganancias, pérdidas, etc.)

✓ todos los años subsiguientes impuestos ante el Municipio de Panamá o San Miguelito ( por el ejercicio de la actividad comercial)

PERSONA JURÍDICA

  • Aviso de Operaciones (Licencia comercial para ejercer el comercio) Con este registro podrá abrir legalmente la empresa.
  • Registro de la sociedad. En el Municipio de Panamá o San Miguelito, dependiendo de dónde estará ubicada la oficina o local  y  en la Dirección General de Impuestos.
  • Gastos legales obligatorios después de establecida la sociedad.

✓ todos los años subsiguientes $300.00 en concepto de Tasa Única

✓ todos los años subsiguientes $250.00 para el abogado Agente Residente

✓ todos los años subsiguientes impuestos ante la Dirección General de Ingresos (informes contables, declaraciones de renta, ganancias, pérdidas, etc.)

✓ todos los años subsiguientes impuestos ante el Municipio de Panamá o San Miguelito ( por el ejercicio de la actividad comercial)

Negocio en Panamá

PERSONA NATURAL

Recomendable cuando una sola persona es la que va a tener el negocio. En caso de una demanda o secuestro, recae directamente sobre los bienes de la persona.

PERSONA JURÍDICA

Recomendable cuando varias personas van a tener un negocio. En caso de una demanda o secuestro, recae sobre los bienes de la sociedad. Los activos de las sociedad pueden estar ubicados fuera de Panamá. La sociedad puede dedicarse a cualquier actividad. Los directores o dignatarios pueden ser de cualquier nacionalidad.